Bonificaciones y fondo social

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Servicio municipal de agua de Calella

 

Tarifas Bonificadas

Las bonificaciones suponen una reducción de la factura para algunos grupos de población específicos o con circunstancias de necesidad.

  • Bonificaciones para hogares con más de 3 personas

    ¿Qué es?

    Tarifación especial que afecta al concepto a los conceptos Agua y Canon.

    • Agua familias numerosas: Se amplían los tramos de consumo del 1er y 2o tramo y en consecuencia el importe de la factura baja.
    • Agua doméstica: Se amplían los tramos de consumo por los abonados que tengan reconocida la aplicación de la tarifa por unidades de convivencia de más de 4 miembros, y tengan la tarifa domestica.
    • Canon: Aplicable cuando convivan más de 3 personas. Amplía los tramos de consumo por cada persona adicional a 3 y en consecuencia el importe de la factura baja.

    ¿Quién puede beneficiarse?

    • Agua familias numerosas: Aplicable a unidades familiares que tengan reconocida la categoría de familia numerosa. El titular debe estar empadronado en la vivienda.
    • Agua doméstica: Aplicable a unidades familiares que tengan reconocida esta condición por la ACA con más de 4 miembros.
    • Canon: aplicable cuando conviven más de 3 personas. El titular de la póliza debe estar empadronado en la vivienda. Debe haber contador de agua individual en la vivienda.

    Los hogares con personas con grado de disminución o con un nivel de dependencia, tienen derecho a una bonificación adicional. Cada persona con un grado de disminución superior al 75% o con un nivel III de dependencia reconocido por resolución del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales computa como dos personas a efectos de considerar la ampliación de tramos.

    ¿Cómo se solicita y qué documentación hay que aportar?

    • Agua familias numerosas: Aportando el carnet de familia numerosa a la oficina del servicio de agua.
    • Agua doméstica: La solicitud se puede hacer en la oficina del Servicio municipal de agua, en las oficinas de la Agencia Catalana del Agua o en línea, a través de la web del ACA.
    • Canon: La solicitud se puede hacer en la oficina del Servicio municipal de agua, en las oficinas de la Agencia Catalana del Agua o en línea, a través de la web del ACA.
      Si una de las personas del hogar presenta un grado de disminución superior al 75% o un nivel III de dependencia, se deberá aportar la resolución del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales. En este caso la solicitud deberá presentarse directamente en las oficinas de la ACA.
  • Bonificaciones para viviendas con jubilados

    ¿Qué es?

    Tarifación especial que afecta a la cuota de servicio. El titular de la póliza debe estar empadronado en la vivienda. Debe haber contador individual en la vivienda.

    ¿Quién puede beneficiarse?

    Personas de 65 años o más, empadronadas en Calella. Aplicable cuando convivan una o dos personas en la misma vivienda siempre que tengan ingresos iguales o inferiores a 1,5 veces la pensión mínima por persona.

    ¿Cómo se solicita y qué documentación hay que aportar?

    La solicitud se puede hacer en la oficina del servicio municipal de agua. Se deberá presentar la declaración de renta y/o declaración jurada de cumplir los requisitos del apartado anterior, certificado de la Seguridad social acreditando el importe que perciben y certificado de convivencia.

  • Tarifa social

    ¿Qué es?

    Bonificación sobre varios conceptos de la factura:

    • Agua: Bonificación íntegra de la "Cuota fija de Servicio" y de la "Cuota de inversión", así como del primer tramo de consumo.
    • Alcantarillado: bonificación íntegra de la "Cuota fija de Servicio" y de los primeros 12 m³/uc/mes.
    • Canon del agua:  Bonificación sobre el concepto Canon, aplicable siempre que no se superen 27 m3/trimestre o equivalente si son familias numerosas. La bonificación consiste en una reducción del precio del canon para todo el consumo de primer tramo.

    ¿Quién puede beneficiarse?

    Suministros domésticos de domicilios particulares. El solicitante debe ser el titular de la póliza. El consumo del período debe ser igual o inferior a la dotación básica 100 l/persona/día (27 m3/trimestre) (establecida por el Decreto 3/2003). Que se cumpla alguna de las situaciones detalladas en la web de la ACA.

    Si puede optar a la tarifa social de la ACA, aplicamos automáticamente las bonificaciones a los otros conceptos de la factura que corresponda.

    ¿Cómo se solicita y qué hay que aportar?

    La solicitud se puede presentar en las oficinas de la ACA y también a través de su página web. En la web de la ACA se encuentran detalladas las oficinas, así como los formularios que hay que rellenar y la documentación a aportar. Consultar en el apartado Canon del agua - Tarifas sociales en la web de la ACA.

  • Fondo de solidaridad

    ¿Qué es?

    El Fondo de Solidaridad es una ayuda para cubrir los recibos impagados de personas vulnerables. Se aplica sobre la totalidad o una parte del recibo del agua y es compatible con otras bonificaciones.

    La aplicación de esta ayuda queda supeditada a la vigencia del convenio donde se establece la creación del Fondo de Solidaridad entre GESTAIGUA y el Ayuntamiento.

     

    ¿Quién puede beneficiarse?

    Podrá beneficiarse de este fondo el colectivo de personas que se encuentren en situación de precariedad económica, a valorar por trabajadores sociales, con el objetivo de contribuir a superar la situación de riesgo en la que se encuentran.

     

    ¿Cómo se solicita y qué documentación hay que aportar?

    Para solicitar la ayuda hay que dirigirse a los Servicios Sociales del municipio. Una vez evaluado cada caso, tramitarán la ayuda con GESTAIGUA.